El servicio de taxi está regulado por la LEY del taxi19/2003, de 4 de julio, Generalitat de Catalunya. y por La Ordenanza del servicio del Taxi del Ayuntamiento de Tarragona.
Funciona con unas tarifas urbanas para los servicios que se realizan en el ámbito de la ciudad de Tarragona.
En recorridos que no están comprendidos dentro de este entorno geográfico se aplica la tarifa interurbana, que es autorizada por la Generalitat de Cataluña.
Es un servicio que funciona siempre con taxímetro, el cual tiene que estar ubicado en un lugar visible del vehículo.
El conductor tendrá que ponerlo siempre en funcionamiento al inicio del recorrido.
Si quiere que el taxi lo espere después de haber hecho un primer trayecto, el taxista le puede pedir, como garantía, el pago del servicio y además, el precio de media hora de espera, si está en el área urbana, y el de otra hora si está en un descampado. Al cabo de este rato, si todavía no ha vuelto, se podrá desvincular del servicio.
El taxi está obligado a admitir persones invidentes acompañadas por un perro guía (Ley del Parlamento de Cataluña 10/1993).
Si usted confunde un taxi municipal y realiza el servicio en un vehículo particular, que actúa fuera de la legalidad, no tendrá las garantías de seguridad mínimas para los ocupantes, carencia de cobertura legal y una nula calidad exigidas por la normativa.